¿Qué sucede si mi empleador me despide por mi edad?
Nuestras leyes laborales señalan de forma específica los motivos por los cuales el empleador puede poner término al contrato de trabajo, sin embargo, entre estas causales no se señala la edad como una razón válida para ello, es más, se establece que despedir a un trabajador por esa razón constituye un acto discriminatorio, y que eventualmente, el juez lo puede calificar como un despido discriminatorio grave.
Como ya señalamos, el Código del Trabajo, señala expresamente que constituyen un acto discriminatorio las distinciones, preferencias o exclusiones basadas en la edad y que tenga por objetivo anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación, además señala otros criterios que se consideran como discriminatorios, tales como motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social.
También, es muy importante señalar que la Constitución Política de Chile señala respecto de la libertad del trabajo y su protección, que se prohíbe toda discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal para el cargo, por lo que incluso no está permitido a nivel de nuestra Carta Fundamental despedir a un trabajador solo por tener cierta edad.
Según lo mencionado, podemos ver que, en nuestro ordenamiento jurídico, discriminar a un trabajador es considerado como grave, y por lo tanto despedir a un trabajador por su edad, también lo es. Considerando lo grave y perjudiciales de estas conductas, el legislador establece un procedimiento especial conocido como procedimiento de tutela, para velar por los derechos fundamentales de los trabajadores que han sido vulnerados por su empleador durante la relación laboral.
De este modo, según lo señalado, despedir a un trabajador únicamente por su edad, sería un despido discriminatorio grave, por lo tanto, aquel trabajador, mediante un abogado, puede denunciar este hecho ante los juzgados laborales para iniciar un procedimiento de tutela, con el objetivo de obtener el pago de ciertas indemnizaciones o de reintegrarse al trabajo, si el despido es calificado como grave.
Es muy importante tener en cuenta que el trabajador al momento de firmar el finiquito lo haga haciendo con reserva de derechos, es decir, escribiendo que se reserva el derecho para demandar por tutela por vulneración de derechos, y otros derechos que estime pertinente, siempre de manera específica, ya que este es un requisito necesario establecido por la ley para poder iniciar un procedimiento.
Al momento de presentar la denuncia para iniciar un procedimiento de tutela, se deben también presentar todos los antecedentes que sirvan para probar que el despido ha sido por la edad del trabajador, por lo que es muy importante que el trabajador recopile toda la evidencia antes de presentar la denuncia.
En caso de que el juez acepte la denuncia, el trabajador tendrá derecho a las siguientes indemnizaciones; la sustantiva del aviso previo a su despido, correspondiente a su última remuneración; una indemnización por sus años de servicio aumentada en un cierto porcentaje que señala la ley; y una indemnización que el juez declare, la que no puede ser menos de un monto inferior equivalente a los 6 meses del último sueldo ni superior a 11 meses de este.
También podría ocurrir que el juez declare el despido discriminatorio como grave, cuya consecuencia será que el trabajador podrá optar por estas indemnizaciones ya mencionadas o por reintegrarse al trabajo. El trabajador que elija reincorporase a su trabajo, quedará en las mismas condiciones anteriores al despido, tanto en el puesto de trabajo como en su sueldo.